Recomendamos la lectura de las mociones presentadas en el día de hoy en el Pleno del Ayuntamiento de Moralzarzal por nuestro Grupo Municipal, donde todas han sido denegadas por el PP de Moralzarzal, volviendo a mostrar su cara más reaccionaria e intransigente, las han denegado sin entrar en debate, lo que nos deja pensar únicamente que han votado NO porque les sale de las vísceras, unas vísceras que huelen a caspa, a naftalina y a falta de derechos para los que no son de los suyos, ni piensan como ellos.
PRIMERA MOCIÓN
Asunto: incremento de la participación democrática del diverso mundo asociativo en la vida pública del municipio.
La democracia de un municipio no termina en las elecciones cada cuatro años, recorre un camino de fondo y formas como reclaman en estos momentos miles de personas en las calles y plazas de pueblos de España (también en Moralzarzal).
Desde el inicio de esta legislatura, aunque no ha sido la primera vez, ni será seguramente, la última hemos pedido un incremento democrático en la vida municipal, como ya saben IU de Moralzarzal es una fuerza política insistente en sus solicitudes sobre determinados temas.
Desde IU - Los Verdes de Moralzarzal desde el primer pleno solicitamos el cambio de los plenos a la tarde o a los fines de semana, para que las vecinas y vecinos de nuestro pueblo pudiesen asistir más fácilmente puesto que la mayoría trabaja en horario de mañana y ver con sus propios ojos lo que ocurre en este ayuntamiento, creemos que la participación ciudadana no queda solamente ahí, pero no hubiese sido un mal primer paso, y que además ya se ejerce en otros municipios de nuestra comarca, incluso de los gobernados por el PP. El PP de Moralzarzal rechazó esta iniciativa, aunque no ha sido la primera vez.
Defendimos la posibilidad de que los plenos fuesen colgados a través de Moralzarzal TV pero debe ser que a algunos no les interesa que se vea y se ponga de manifiesto lo que ocurre en la Sala de Plenos del Ayuntamiento de Moralzarzal y tampoco los plenos han sido colgados, para IU de Moralzarzal esto supone un claro rasgo antidemocrático, puesto que aunque hay posibilidades de hacer las cosas de una forma participativa en este pueblo hay un partido que se niega reiteradamente a que las vecinas y vecinos vean lo que ocurre en su casa, la casa de todas y todos que debería ser este ayuntamiento.
Pero no, desde IU no desistimos. Insistimos en que este municipio debe ceder sus herramientas de información a los que vivimos en Moralzarzal que para eso pagamos todas y todos esas herramientas (ningún partido las cede de forma generosa), además recordamos nuevamente al PP de Moralzarzal que la oposición también ha sido votada por las vecinas y vecinos de Moralzarzal, que si bien a ellos les han concedido la mayoría absoluta, el número de los que nos ha votado a los demás no debe ser desdeñado de forma continua por el equipo de gobierno municipal.
Creemos que es momento de iniciativas comprometidas con la democracia, medidas imaginativas de un coste prácticamente insignificante como las que propone con esta moción IU – Los Verdes de Moralzarzal.
Por todo lo anteriormente expuesto proponemos al Ayuntamiento Pleno y para aumentar la vida democrática de Moralzarzal, la información veraz y completa (no hay mejor mentira que una media verdad) recogiendo la carencia informativa que expone nuestra revista municipal y que nos han denunciado varios vecinos con una más que breve, prácticamente ininteligible, información de lo que ocurre en los plenos de nuestro ayuntamiento y las posibilidades ya existentes en Moralzarzal proponemos al Pleno del Ayuntamiento de Moralzarzal el siguiente acuerdo:
1.- Instalar unos tablones informativos en lugares transitados dentro del centro del pueblo y en las urbanizaciones para que las diferentes asociaciones culturales y deportivas, grupos, sindicatos, partidos,… puedan poner sus informaciones y puedan llegar a las vecinas y vecinos. Estos tablones ya están instalados en otros pueblos de nuestro entorno como puede ser Alpedrete o Tres Cantos.
2.- El acceso, como mínimo, a los grupos municipales existentes en el Ayuntamiento para disponer de un espacio en la revista municipal de forma que todos tengamos las mismas posibilidades de informar verazmente a las ciudadanas y ciudadanos de Moralzarzal, este espacio podría ser ampliado a entidades como los diferentes clubes deportivos existentes o asociaciones como el SORCAS con una más que demostrada iniciativa cultural en nuestro municipio. Este espacio sería el mismo para todos los grupos municipales o consensuado entre todos según su nivel de representatividad en las últimas elecciones municipales.
3.- La creación de un link en la página del Ayuntamiento a las webs de todas las fuerzas políticas existentes en el pueblo o, como mínimo, a las que tienen representación institucional en el Pleno der este Ayuntamiento.
La democracia de un municipio no termina en las elecciones cada cuatro años, recorre un camino de fondo y formas como reclaman en estos momentos miles de personas en las calles y plazas de pueblos de España (también en Moralzarzal).
Desde el inicio de esta legislatura, aunque no ha sido la primera vez, ni será seguramente, la última hemos pedido un incremento democrático en la vida municipal, como ya saben IU de Moralzarzal es una fuerza política insistente en sus solicitudes sobre determinados temas.
Desde IU - Los Verdes de Moralzarzal desde el primer pleno solicitamos el cambio de los plenos a la tarde o a los fines de semana, para que las vecinas y vecinos de nuestro pueblo pudiesen asistir más fácilmente puesto que la mayoría trabaja en horario de mañana y ver con sus propios ojos lo que ocurre en este ayuntamiento, creemos que la participación ciudadana no queda solamente ahí, pero no hubiese sido un mal primer paso, y que además ya se ejerce en otros municipios de nuestra comarca, incluso de los gobernados por el PP. El PP de Moralzarzal rechazó esta iniciativa, aunque no ha sido la primera vez.
Defendimos la posibilidad de que los plenos fuesen colgados a través de Moralzarzal TV pero debe ser que a algunos no les interesa que se vea y se ponga de manifiesto lo que ocurre en la Sala de Plenos del Ayuntamiento de Moralzarzal y tampoco los plenos han sido colgados, para IU de Moralzarzal esto supone un claro rasgo antidemocrático, puesto que aunque hay posibilidades de hacer las cosas de una forma participativa en este pueblo hay un partido que se niega reiteradamente a que las vecinas y vecinos vean lo que ocurre en su casa, la casa de todas y todos que debería ser este ayuntamiento.
Pero no, desde IU no desistimos. Insistimos en que este municipio debe ceder sus herramientas de información a los que vivimos en Moralzarzal que para eso pagamos todas y todos esas herramientas (ningún partido las cede de forma generosa), además recordamos nuevamente al PP de Moralzarzal que la oposición también ha sido votada por las vecinas y vecinos de Moralzarzal, que si bien a ellos les han concedido la mayoría absoluta, el número de los que nos ha votado a los demás no debe ser desdeñado de forma continua por el equipo de gobierno municipal.
Creemos que es momento de iniciativas comprometidas con la democracia, medidas imaginativas de un coste prácticamente insignificante como las que propone con esta moción IU – Los Verdes de Moralzarzal.
Por todo lo anteriormente expuesto proponemos al Ayuntamiento Pleno y para aumentar la vida democrática de Moralzarzal, la información veraz y completa (no hay mejor mentira que una media verdad) recogiendo la carencia informativa que expone nuestra revista municipal y que nos han denunciado varios vecinos con una más que breve, prácticamente ininteligible, información de lo que ocurre en los plenos de nuestro ayuntamiento y las posibilidades ya existentes en Moralzarzal proponemos al Pleno del Ayuntamiento de Moralzarzal el siguiente acuerdo:
1.- Instalar unos tablones informativos en lugares transitados dentro del centro del pueblo y en las urbanizaciones para que las diferentes asociaciones culturales y deportivas, grupos, sindicatos, partidos,… puedan poner sus informaciones y puedan llegar a las vecinas y vecinos. Estos tablones ya están instalados en otros pueblos de nuestro entorno como puede ser Alpedrete o Tres Cantos.
2.- El acceso, como mínimo, a los grupos municipales existentes en el Ayuntamiento para disponer de un espacio en la revista municipal de forma que todos tengamos las mismas posibilidades de informar verazmente a las ciudadanas y ciudadanos de Moralzarzal, este espacio podría ser ampliado a entidades como los diferentes clubes deportivos existentes o asociaciones como el SORCAS con una más que demostrada iniciativa cultural en nuestro municipio. Este espacio sería el mismo para todos los grupos municipales o consensuado entre todos según su nivel de representatividad en las últimas elecciones municipales.
3.- La creación de un link en la página del Ayuntamiento a las webs de todas las fuerzas políticas existentes en el pueblo o, como mínimo, a las que tienen representación institucional en el Pleno der este Ayuntamiento.
SEGUNDA MOCIÓN
Moción ante el recurso de inconstitucionalidad por el reconocimiento del derecho al matrimonio para parejas del mismo sexo.
La Ley 13/2005, de 1 de Julio, por la que se modificó el Código Civil reconociendo el derecho a contraer matrimonio a las parejas del mismo sexo, constituye uno de los grandes avances en igualdad del colectivo de lesbianas, gais y bisexuales y ha servido de ejemplo e inspiración para la ampliación de las libertades en muchos otros países. Con la aprobación de esta Ley se produjo un histórico avance en la equiparación legal de un colectivo que ha sido olvidado y discriminado a lo largo del tiempo. La aprobación del derecho al matrimonio para parejas compuestas por personas del mismo sexo ha supuesto un avance democrático que amplía la protección legal a esta realidad familiar, tanto a las parejas como a sus hijos e hijas, y supone, tras décadas de invisibilidad y marginación, un reconocimiento de su dignidad en una sociedad avanzada, plural y diversa. Este hecho debe producir satisfacción no sólo en el colectivo afectado, también en el conjunto de la ciudadanía en la medida en que supone una ampliación de derechos y libertades.
La igualdad de un colectivo ha de ser completa o, por el contrario, no lo es. Por esta razón es vital respetar la libertad de gais, lesbianas y bisexuales para elegir, en caso de querer afianzar su unión desde el punto de vista legal, entre un enlace en matrimonio o por una unión de pareja de hecho; sólo así la unión de estas personas se producirá en igualdad de condiciones con el resto de la ciudadanía.
El 30 de septiembre de 2005 el Partido Popular interpuso un recurso de inconstitucionalidad que cuestiona el reconocimiento del derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo, oponiéndose de ese modo a esta igualdad de facto en el acceso al matrimonio y las consecuencias legales que ello supone para las personas gais, lesbianas y bisexuales. La presentación de ese recurso ha supuesto una amenaza desde entonces para todas aquellas personas que aspiran a vivir en igualdad y, especialmente, para miles de familias compuestas por gais, lesbianas y bisexuales, con sus respectivos hijos e hijas, que llevan seis años pendientes de una sentencia que resuelva definitivamente un recurso que sólo persigue anular la extensión de derechos y libertades, que no perjudica a nadie y sí implica dignidad y felicidad para muchas familias.
Por todo lo anteriormente expuesto, El Grupo Municipal Izquierda Unida – Los Verdes en el Ayuntamiento de Moralzarzal eleva para su aprobación en Pleno el siguiente:
ACUERDO
· Dirigirse desde este Ayuntamiento al Presidente nacional del Partido Popular
(calle Génova, 13 – Madrid 28004), Don Mariano Rajoy Brey, instándole a retirar el recurso de inconstitucionalidad que cuestiona el derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo presentado ante el Tribunal Constitucional.
· Dar traslado de esta moción a COGAM, sita en la Calle Puebla, 9, 28004- Madrid, a ARCÓPOLI, sita en la Avenida Juan de Herrera, 4, 28040-Madrid, y a la FELGTB, sita en la calle Infantas, 40 – 1º derecha - Madrid 28004.
La Ley 13/2005, de 1 de Julio, por la que se modificó el Código Civil reconociendo el derecho a contraer matrimonio a las parejas del mismo sexo, constituye uno de los grandes avances en igualdad del colectivo de lesbianas, gais y bisexuales y ha servido de ejemplo e inspiración para la ampliación de las libertades en muchos otros países. Con la aprobación de esta Ley se produjo un histórico avance en la equiparación legal de un colectivo que ha sido olvidado y discriminado a lo largo del tiempo. La aprobación del derecho al matrimonio para parejas compuestas por personas del mismo sexo ha supuesto un avance democrático que amplía la protección legal a esta realidad familiar, tanto a las parejas como a sus hijos e hijas, y supone, tras décadas de invisibilidad y marginación, un reconocimiento de su dignidad en una sociedad avanzada, plural y diversa. Este hecho debe producir satisfacción no sólo en el colectivo afectado, también en el conjunto de la ciudadanía en la medida en que supone una ampliación de derechos y libertades.
La igualdad de un colectivo ha de ser completa o, por el contrario, no lo es. Por esta razón es vital respetar la libertad de gais, lesbianas y bisexuales para elegir, en caso de querer afianzar su unión desde el punto de vista legal, entre un enlace en matrimonio o por una unión de pareja de hecho; sólo así la unión de estas personas se producirá en igualdad de condiciones con el resto de la ciudadanía.
El 30 de septiembre de 2005 el Partido Popular interpuso un recurso de inconstitucionalidad que cuestiona el reconocimiento del derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo, oponiéndose de ese modo a esta igualdad de facto en el acceso al matrimonio y las consecuencias legales que ello supone para las personas gais, lesbianas y bisexuales. La presentación de ese recurso ha supuesto una amenaza desde entonces para todas aquellas personas que aspiran a vivir en igualdad y, especialmente, para miles de familias compuestas por gais, lesbianas y bisexuales, con sus respectivos hijos e hijas, que llevan seis años pendientes de una sentencia que resuelva definitivamente un recurso que sólo persigue anular la extensión de derechos y libertades, que no perjudica a nadie y sí implica dignidad y felicidad para muchas familias.
Por todo lo anteriormente expuesto, El Grupo Municipal Izquierda Unida – Los Verdes en el Ayuntamiento de Moralzarzal eleva para su aprobación en Pleno el siguiente:
ACUERDO
· Dirigirse desde este Ayuntamiento al Presidente nacional del Partido Popular
(calle Génova, 13 – Madrid 28004), Don Mariano Rajoy Brey, instándole a retirar el recurso de inconstitucionalidad que cuestiona el derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo presentado ante el Tribunal Constitucional.
· Dar traslado de esta moción a COGAM, sita en la Calle Puebla, 9, 28004- Madrid, a ARCÓPOLI, sita en la Avenida Juan de Herrera, 4, 28040-Madrid, y a la FELGTB, sita en la calle Infantas, 40 – 1º derecha - Madrid 28004.
TERCERA MOCIÓN.
Reembolsar a las familias obligadas a entregar su vivienda a los bancos el coste del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
La crisis económica ha supuesto un importante incremento de las ejecuciones hipotecarias como consecuencia de la imposibilidad de las familias a afrontar el pago de los préstamos suscritos para financiar la compra de la vivienda habitual. No hace falta insistir sobre la dramática situación social que conlleva la pérdida de la vivienda y la inutilidad de los esfuerzos económicos hechos durante años para liberar la carga financiera que para aquellas familias supuso probablemente la inversión más significativa de su vida: la compra de una vivienda.
Así, en la actualidad quien se ve forzado a desprenderse de su vivienda debe además abonar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, también conocido como plusvalía municipal que se aplica a la diferencia entre el valor del suelo cuando desde que se adquirió hasta que se enajena por la razón que sea. Es decir, la plusvalía municipal es un impuesto que se aplica sobre unas ganancias obtenidas por la transmisión de inmuebles, en la mayoría de los casos por la transmisión de la vivienda.
En los casos de desahucios por embargos bancarios como consecuencia de que los propietarios, generalmente familias sin recursos económicos, estos no sólo pierden su vivienda habitual, si no que de esa transmisión no obtienen ningún beneficio. Además de perder la vivienda y, en la mayoría de los casos, tener que seguir pagando la hipoteca o, en casos excepcionales y después de acuerdo con la entidad financiera, la dación en pago, o lo que es lo mismo, que el banco se cobre el total de la deuda con el inmueble entregado, el propietario tiene que abonar por esa transmisión, por otra parte forzosa, el impuesto de plusvalía municipal; algo que hay que calificar como de totalmente injustificable en estas situaciones de necesidad extrema.
En el actual escenario económico y ante la negativa de reformas legales de la Ley Hipotecaria, no son muchas las alternativas que le quedan a las familias en la negociación las entidades financieras ante una morosidad de sus deudas. Algunos consiguen la dación en pago como método para saldar las deudas de tal forma que la entrega de la vivienda suponga la cancelación total de la deuda hipotecaria. Otros lamentablemente y ante la falta de mutuo acuerdo de las partes llegarán a una ejecución hipotecaria con el mismo resultado: la pérdida de su vivienda. Sin embargo, en ambos casos la problemática fiscal subyace ya que a esta operación hay que añadirle el impacto fiscal que ello supone para el deudor. En efecto, probablemente tendrá que liquidar posteriormente un “Incremento patrimonial” en el IRPF y, en el caso que nos ocupa, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Nos encontramos con una falta de adaptación a la realidad actual de la Ley de Haciendas
Locales. Se hace tributar por una plusvalía por el incremento del valor de los terrenos cuando se ha producido una operación en su conjunto con pérdida para el vendedor. En la configuración de dicho impuesto las únicas bonificaciones existentes versan sobre la transmisión de la propiedad de la vivienda habitual o del local de negocio familiar para el caso de mortis causa a favor de descendientes. Para la transmisión de la vivienda mediante la dación en pago o por la ejecución hipotecaria no existe la posibilidad de establecer bonificaciones fiscales.
Por ello, de acuerdo con el artículo 97.3 del ROF, el Grupo Municipal de Izquierda Unida – Los Verdes de Moralzarzal, propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente
ACUERDO:
1. Ante la imposibilidad de establecer bonificaciones fiscales en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, se establecerá en el Presupuesto Municipal de 2012 una partida presupuestaria en donde los créditos consignados tendrán el carácter de ampliables con los ingresos que se produzcan por el pago del Impuesto sobre el Incremento de valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana como consecuencia de la transmisión de la vivienda habitual fruto de un procedimiento de ejecución hipotecaria o mediante la dación en pago.
2. En ambos casos, el Ayuntamiento de Moralzarzal establecerá un procedimiento rápido de devolución de las cantidades pagadas por dichos conceptos que se aplicará con carácter retroactivo a aquellos casos posteriores al 31 de Enero de 2008.
3. Instar al Gobierno de la Nación para que en el futuro modelo de financiación de las
Entidades Locales, se establezcan bonificaciones fiscales en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana para aquellas transmisiones de la propiedad provenientes de ejecuciones hipotecarias o mediante la dación en pago, como fórmula para pago de deudas contraídas por la compra de una vivienda
La crisis económica ha supuesto un importante incremento de las ejecuciones hipotecarias como consecuencia de la imposibilidad de las familias a afrontar el pago de los préstamos suscritos para financiar la compra de la vivienda habitual. No hace falta insistir sobre la dramática situación social que conlleva la pérdida de la vivienda y la inutilidad de los esfuerzos económicos hechos durante años para liberar la carga financiera que para aquellas familias supuso probablemente la inversión más significativa de su vida: la compra de una vivienda.
Así, en la actualidad quien se ve forzado a desprenderse de su vivienda debe además abonar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, también conocido como plusvalía municipal que se aplica a la diferencia entre el valor del suelo cuando desde que se adquirió hasta que se enajena por la razón que sea. Es decir, la plusvalía municipal es un impuesto que se aplica sobre unas ganancias obtenidas por la transmisión de inmuebles, en la mayoría de los casos por la transmisión de la vivienda.
En los casos de desahucios por embargos bancarios como consecuencia de que los propietarios, generalmente familias sin recursos económicos, estos no sólo pierden su vivienda habitual, si no que de esa transmisión no obtienen ningún beneficio. Además de perder la vivienda y, en la mayoría de los casos, tener que seguir pagando la hipoteca o, en casos excepcionales y después de acuerdo con la entidad financiera, la dación en pago, o lo que es lo mismo, que el banco se cobre el total de la deuda con el inmueble entregado, el propietario tiene que abonar por esa transmisión, por otra parte forzosa, el impuesto de plusvalía municipal; algo que hay que calificar como de totalmente injustificable en estas situaciones de necesidad extrema.
En el actual escenario económico y ante la negativa de reformas legales de la Ley Hipotecaria, no son muchas las alternativas que le quedan a las familias en la negociación las entidades financieras ante una morosidad de sus deudas. Algunos consiguen la dación en pago como método para saldar las deudas de tal forma que la entrega de la vivienda suponga la cancelación total de la deuda hipotecaria. Otros lamentablemente y ante la falta de mutuo acuerdo de las partes llegarán a una ejecución hipotecaria con el mismo resultado: la pérdida de su vivienda. Sin embargo, en ambos casos la problemática fiscal subyace ya que a esta operación hay que añadirle el impacto fiscal que ello supone para el deudor. En efecto, probablemente tendrá que liquidar posteriormente un “Incremento patrimonial” en el IRPF y, en el caso que nos ocupa, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Nos encontramos con una falta de adaptación a la realidad actual de la Ley de Haciendas
Locales. Se hace tributar por una plusvalía por el incremento del valor de los terrenos cuando se ha producido una operación en su conjunto con pérdida para el vendedor. En la configuración de dicho impuesto las únicas bonificaciones existentes versan sobre la transmisión de la propiedad de la vivienda habitual o del local de negocio familiar para el caso de mortis causa a favor de descendientes. Para la transmisión de la vivienda mediante la dación en pago o por la ejecución hipotecaria no existe la posibilidad de establecer bonificaciones fiscales.
Por ello, de acuerdo con el artículo 97.3 del ROF, el Grupo Municipal de Izquierda Unida – Los Verdes de Moralzarzal, propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente
ACUERDO:
1. Ante la imposibilidad de establecer bonificaciones fiscales en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, se establecerá en el Presupuesto Municipal de 2012 una partida presupuestaria en donde los créditos consignados tendrán el carácter de ampliables con los ingresos que se produzcan por el pago del Impuesto sobre el Incremento de valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana como consecuencia de la transmisión de la vivienda habitual fruto de un procedimiento de ejecución hipotecaria o mediante la dación en pago.
2. En ambos casos, el Ayuntamiento de Moralzarzal establecerá un procedimiento rápido de devolución de las cantidades pagadas por dichos conceptos que se aplicará con carácter retroactivo a aquellos casos posteriores al 31 de Enero de 2008.
3. Instar al Gobierno de la Nación para que en el futuro modelo de financiación de las
Entidades Locales, se establezcan bonificaciones fiscales en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana para aquellas transmisiones de la propiedad provenientes de ejecuciones hipotecarias o mediante la dación en pago, como fórmula para pago de deudas contraídas por la compra de una vivienda
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