- Por ocupación del cauce del Arroyo de la Villa de Fuentidueña.
Moralzarzal,
05 de marzo de 2014.
http://www.europapress.es/epsocial/naturaleza-00323/noticia-agua-confederacion-hidrografica-tajo-sanciona-30000-euros-moralzarzal-madrid-ocupacion-arroyo-20140306171559.html
http://www.europapress.es/epsocial/naturaleza-00323/noticia-agua-confederacion-hidrografica-tajo-sanciona-30000-euros-moralzarzal-madrid-ocupacion-arroyo-20140306171559.html
La
CHT a propuesto dos sanciones al Ayuntamiento de Moralzarzal por
ocupar, mediante la realización de obras, el cauce del Arroyo de la
Villa de Fuentidueña. Las dos sanciones suman más 30.000 euros de
multa.
Según
el Oficio remitido al Ayuntamiento por la Confederación, la primera
de estas sanciones, por un importe de 17.195,46 euros, es por motivo
de realizar “obras de construcción de marco de hormigón y otras
en cauce público del Arroyo Villa de Fuentidueña, sin
autorización”.
La
segunda de las sanciones,
esta por 13.115,63 euros, se produce por “ocupación del cauce del
arroyo mediante la realización de viales”.
Este
tramo del arroyo se encuentra en la zona norte del municipio, dentro
del desarrollo urbanístico denominado Las Hachazuelas. En la
actualidad considerada una “ciudad fantasma”, ya que en la
práctica se encuentra sin urbanizar y casi sin vecinos.
Según
el Grupo Municipal Izquierda Unida de Moralzarzal, “esta agresión
al dominio público hidráulico obedece a una política trasnochada
por parte del Partido Popular basada exclusivamente en la
construcción, y que ha demostrado ser inviable ecológicamente”.
Eduardo Álvarez, coordinador de IU en la localidad, considera que:
“la urbanización Las Hachazuelas jamás se tendría que haber
construido, se desarrolló en pleno estallido de la burbuja
inmobiliaria”. “Este
desarrollo
era inviable desde el punto de vista urbanístico y ambiental, como
así se ha demostrado, y aún así se empeñaron en seguir adelante,
cuando lo prudente hubiera sido paralizarlo. Ahora nos tocará pagar
a todos los vecinos estas sanciones”
El
Ayuntamiento se ha visto obligado a presentar un recurso
contencioso-administrativo con el fin de evitar o retrasar el pago de
las dos sanciones.
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